El transporte de difuntos por carretera debe ser realizado por empresas de pompas fúnebres legalmente establecidas, teniendo la consideración de transporte privado complementario.
En la realización de transportes funerarios será exigible la observancia de la Ley de Policía Mortuoria, además de estar en posesión de las licencias, permisos o autorizaciones que en cada caso procedan.
En DR Servicios Funerarios nos ponemos a disposición de las familias para realizar el traslado a su localidad de origen con la mayor rapidez, profesionalidad y compromiso.
Siempre a su servicio.
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